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Te presentamos los puntos a tener en cuenta en las obras o reformas.

Cuando se está tramitando la licencia de actividad de un bar o un restaurante, se suele tramitar simultáneamente la licencia de obras (en caso de realizarse obras) y los proyectos asociados.

Las obras son necesarias para adaptar las características del local a las especificaciones técnicas necesarias para la obtención de la licencia.

Proyecto de obras

Si se necesita acometer obras para acondicionar el local, se deberá tramitar la correspondiente licencia de obras menores en el ayuntamiento. Un ingeniero deberá elaborar un proyecto en el que se expliquen las obras a realizar y que se presentará por vía telemática al Colegio de Ingenieros, en donde se hará una revisión documental del proyecto y, en caso de que sea favorable, se emitirá un certificado de idoneidad. Con este certificado de idoneidad se obtendrá inmediatamente la licencia de obras menores.

Hay una serie de aspectos a tener en cuenta para poder obtener la licencia de bar o restaurante en la ciudad de Barcelona; entre ellos, podemos destacar los siguientes:

Instalación eléctrica

Un bar o restaurante está considerado como un local de pública concurrencia en el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y, por tanto, para la legalización de la instalación eléctrica hace falta un proyecto elaborado por un ingeniero. Este proyecto se entrega a una entidad de inspección y control (EIC), que hace una inspección del local para comprobar que la instalación eléctrica cumple la legislación vigente y está montada según el proyecto. Si el resultado de la inspección es favorable, queda legalizada la instalación eléctrica.

Entre otros, el local debe tener un tipo de cable especial denominado libre de halógenos (cable no propagador del incendio y con emisión de humo y opacidad reducida). En caso de elegir un local con una instalación eléctrica formada por cables que no son libres de halógenos, la instalación se deberá cambiar por completo de manera que los cables sean así; por lo tanto, este es uno de los factores a tener en cuenta cuando se estén buscando locales para montar un bar. También se tendrá que instalar un protector contra sobretensiones permanentes, y deberá disponer de un mínimo de tres líneas para el alumbrado de las zonas públicas.

Instalación de gas

En la mayoría de bares, la potencia instalada no supera los 70 kW y, por tanto, solo es necesario que una empresa autorizada emita un boletín y ya queda legalizada la instalación.

En el caso de superar los 70 kW, un ingeniero debería elaborar un proyecto para legalizar la instalación de gas.

Cuarto de residuos

Existe una circular del Ayuntamiento de Barcelona que explica las dimensiones que debe tener el cuarto de residuos y sus condiciones. Por ejemplo, para un bar de entre 50 y 100 m² debe haber una cámara de residuos de 3,25 m² de superficie. El cuarto de residuos tiene que cumplir los siguientes requisitos:

  • Situación: el recorrido entre el cuarto de residuos y el exterior debe tener una anchura de 1,20 m como mínimo. Las puertas del recorrido han de abrir en el sentido de la salida y la pendiente del recorrido será inferior a 12% y no tendrá escalones.
  • Configuración: el diseño y el emplazamiento deben garantizar que la temperatura no supere los 30 ºC. Si es preciso, se colocará un sistema de refrigeración. El revestimiento de las paredes y suelos será impermeable y fácilmente limpiable.
  • Instalaciones: dispondrá, como mínimo, de una toma de agua con válvula de cierre. Contará con iluminación artificial que proporcione una luz de 100 lux a una altura de un metro y dispondrá de un enchufe.
  • Ventilación: el caudal mínimo de ventilación exigido será de 10 l/s/m² y la ventilación podrá ser natural, híbrida o mecánica. Los mecanismos de extracción de aire tienen que estar dotados de filtros de carbono para evitar el paso de olores a los espacios exteriores.

Recuerda que, además de los cubos de recogida facilitados por el ayuntamiento, también deberás contar con unos bidones de aceite usado, para su correcto almacenaje hasta la recogida de los mismos efectuada por la empresa que contrates para tal efecto.

Accesibilidad para usuarios con silla de ruedas

Existen en Cataluña dos normativas que regulan la accesibilidad para usuarios en silla de ruedas en los bares: por un lado, el Código de Accesibilidad de Catalunya; y por otro, el Código Técnico de la Edificación Sección SUA. El Código de Accesibilidad obliga a tener accesibilidad para usuarios con silla de ruedas si el aforo del bar es superior a 50 personas; sin embargo, en el Código Técnico de la Edificación Sección SUA no se establece ninguna condición mínima para que el bar sea accesible a usuarios en silla de ruedas. Actualmente, la Generalitat de Catalunya ha publicado unas tablas (TAAC, tablas de accesibilidad de las actividades en Catalunya) que regulan cuándo es obligatoria la accesibilidad para minusválidos en los bares.

El bar o restaurante dispondrá de un itinerario accesible que comunique, en cada planta, el acceso accesible a ella (entrada principal accesible al bar, ascensor accesible, rampa accesible) con las zonas de uso público, con todo origen de evacuación de las zonas de uso privado exceptuando las zonas de ocupación nula, y con los elementos accesibles, tales como servicios higiénicos accesibles. El bar dispondrá de un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros instalados, que podrá ser de uso compartido para ambos sexos.

El bar o restaurante deberá disponer de un servicio accesible con las siguientes características:

  • Estar comunicado con un itinerario accesible.
  • Espacio para giro de diámetro Ø 1,50 m libre de obstáculos.
  • Puertas que cumplan las condiciones del itinerario accesible. Son abatibles hacia el exterior o correderas.
  • Disponer de barras de apoyo, mecanismos y accesorios diferenciados cromáticamente del entorno.

Ventilación del bar

El bar debe estar ventilado, bien de forma natural (a través de puertas y ventanas) o bien mecánicamente con un ventilador. La normativa que se aplica a la ventilación de los bares es el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE). Según esta normativa, los bares dispondrán de un sistema de ventilación para el aporte del suficiente caudal de aire exterior que evite la formación de elevadas concentraciones de contaminantes. Las categorías de calidad del aire interior se clasifican en función de las actividades: para los bares, la categoría es IDA 3, por la cual el caudal de aire exterior debe ser de 8 l/s persona. El número de personas será el calculado según las tablas de la sección SI3 del Código Técnico de la Edificación; este método de cálculo del aforo se explicará más adelante.

Esta ventilación se puede conseguir con un ventilador de extracción de aire, o bien la misma instalación de climatización, si tiene aportación de aire exterior, se puede utilizar como ventilación del local y así cumplir con lo establecido en el Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Edificios (RITE).

Salida de humos

Los humos y vahos producidos en las cocinas de los bares y restaurantes se deben conducir mediante una salida de humos al exterior con los correspondientes filtros retenedores de grasas.

En Barcelona existe una clasificación de bar con restauración mixta menor que permite disponer, como único elemento adicional de cocción y preparación de alimentos, de una plancha eléctrica de 3 kW para la elaboración de bocadillos calientes y evitar así la instalación de una salida de humos. En caso de disponer de otros elementos de cocción y preparación de alimentos, sí se deberá disponer de una salida de humos.

La salida de humos deberá evacuar un metro por encima del edificio. La distancia de la chimenea a los edificios vecinos ha de ser superior a 10 m.

Altura del local

La altura libre mínima del local tiene que ser de 2,5 m, que se puede ver reducida a 2,1 m en zonas como aseos, almacenes o cámaras de residuos. La altura libre se refiere, en caso de haber falso techo, a la altura desde el suelo hasta el falso techo.